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Fotografía de Michael Schwarzenberger. Pixabay.
Además de asesorar y gestionar la protección de resultados de investigación, se prestan servicios para buscar, negociar y gestionar acuerdos de licencia de tecnología con empresas.

Un acuerdo de licencia de una tecnología suele incluir los siguientes puntos:

  • Pago frontal (Upfront payment): Pago único que la empresa hace una vez firmado el contrato y que en algunos casos puede ir asociado a algún hito del desarrollo de la tecnología.
  • Pago por regalías (royalties): Se establece un porcentaje que, una vez aplicada a las ventas anuales que la empresa haga de los productos que incluyan la tecnología licenciada, supondrá un pago anual.
  • Se incluye el uso de la tecnología licenciada para usos de investigación por parte de la USC.

Los beneficios obtenidos fruto de la comercialización de la tecnología se reparten de acuerdo al Reglamento de Protección, Explotación y Participación de Resultados de Investigación Generados en la Universidad de Santiago de Compostela:

Retornos USC
Fondos generales Grupo de investigación Personal Inventor/Autor/Obtenedor
Primeros 25.000 € 20 % 0 % 80 %
Desde 25.001 € hasta 100.000 € 30 % 20 % 50 %
Superiores a 100.000 € 35 % 25 % 45 %

 

Así, en muchos casos, estos ingresos generan recursos que permiten continuar las líneas de investigación de los grupos o abrir nuevas líneas de trabajo.

En algunas ocasiones, el equipo que generó la tecnología está interesado en explotarla mediante la creación de un spin-off a la que se le puede licenciar la tecnología, y que será la encargada de llevar a cabo las tareas de comercialización.

Los contenidos de esta página se actualizaron el 10.04.2024.