a) Sin complementos de formación
Los alumnos que deseen incorporarse al Programa de Doctorado no necesitarán complementos de formación siempre que dispongan de un título de Máster de contenidos relacionados con las Ciencias, en particular con las Ciencias de la Salud, previo informe favorable de la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD). En particular, los estudios de Máster en Investigación y Desarrollo de Medicamentos representan la vía natural de acceso al doctorado, ya que precisamente este Máster es el que sustituye a la etapa formativa del anterior programa de doctorado, sin que ello signifique que alumnos procedentes de otros Másteres puedan desarrollar sin ningún tipo de problema las actividades de este programa de doctorado, sin necesidad de realizar complementos de formación previos.
Igualmente se podrá contemplar la posibilidad de admitir en el Programa sin complementos formativos a estudiantes con el título de DEA que pueden haber obtenido a través del programa anterior que han dado origen a este Programa de doctorado.
b) Otros perfiles
En el caso de aspirantes con otro tipo de perfiles diferente de los anteriormente citados, será la Comisión Académica la que evaluará de forma individualizada cada caso.
En el caso de perfiles de posibles alumnos que no hayan realizado un Máster, como es el caso de los Graduados en Farmacia (Grado=300 ECTS), será necesario que acrediten una equivalencia de formación en créditos de investigación, igual al menos a los del Máster que da acceso directo al Doctorado en I+D de Medicamentos, es decir el Máster en Investigación y Desarrollo de Medicamentos.
Si el estudiantado carece de la formación previa completa exigida en el programa de doctorado, la admisión podrá quedar condicionada a la superación de complementos de formación específicos. Los complementos de formación deberán ser concretados para cada estudiante por la CAPD, sin que puedan superarse los 15 ECTS. Los complementos de formación específica podrán ser materias o módulos de máster y grado y tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de bolsas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado.
Se intentará en todo caso adecuar los complementos de formación a las materias obligatorias del Máster que da acceso directo a este doctorado y mejor si se desarrollan en el primer trimestre del curso académico, como es el caso de todas las materias obligatorias. Además, y siempre que sea posible, se tratará de que estos complementos se realicen previamente a la matrícula del alumno en etapa de tesis. Excepcionalmente, para los casos en los que esta posibilidad no exista, la Comisión Académica estudiará las posibles soluciones de manera individualizada, lo que impide absolutamente hacer una previsión de antemano.