Créditos ECTS Créditos ECTS: 5
Horas ECTS Criterios/Memorias Horas de Tutorías: 2 Clase Expositiva: 8 Clase Interactiva: 30 Total: 40
Lenguas de uso Castellano, Gallego
Tipo: Materia Ordinaria Máster RD 1393/2007 - 822/2021
Departamentos: Departamento externo vinculado a las titulaciones
Áreas: Área externa M.U en Avogacía e Procura
Centro Facultad de Derecho
Convocatoria: Primer semestre
Docencia: Con docencia
Matrícula: Matriculable | 1ro curso (Si)
La formación en esta materia tiene por objeto que el alumnado comience a familiarizarse con el ejercicio de las profesiones de la Abogacía y de la Procura. De ahí, que se dedique una atención especial a las funciones propias de la Abogacía y de la Procura, su normativa reguladora y organización institucional, las condiciones exigibles para el ejercicio de estas profesiones, las modalidades de ejercicio profesional, la forma de organizar un despacho profesional, los sistemas de cobro y de previsión social, o el funcionamiento de los servicios colegiales de orientación jurídica, turno de oficio y asistencia letrada al detenido.
Para un adecuado ejercicio de estas profesiones jurídicas, resulta también imprescindible que los futuros profesionales conozcan en detalle el conjunto de obligaciones y derechos derivados de la colegiación y del ejercicio profesional, con especial énfasis en los principios y normas deontológicas que rigen sus respectivas profesiones; y que sepan aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales que informan las relaciones de profesionales de la Abogacía y de la Procura, tanto entre sí y con sus compañeros/as, como con los clientes, las otras partes del procedimiento, los órganos judiciales, las autoridades públicas, otros profesionales, los respectivos Colegios profesionales, etc.
Estos profesionales deben tener un claro conocimiento de las previsiones legales y estatutarias que regulan un correcto ejercicio profesional; así como conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, que les permitan ser plenamente conscientes de todas aquellas conductas que puedan derivar en una acción de responsabilidad disciplinaria, civil o penal, contra ellos/as, y los beneficios de contar con un adecuado sistema de cobertura de la responsabilidad profesional. Por eso, también es importante poseer un conocimiento suficiente acerca de cómo afecta la normativa de protección de datos al ejercicio profesional cotidiano, y de las obligaciones que se derivan para estos profesionales de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales.
Se trata de una materia que aportará al alumnado una serie de conocimientos, habilidades y actitudes que han de estar presentes, y complementar la formación que reciba en las restantes materias de la titulación, siendo capaz en todo momento de desarrollar la actividad profesional con sujeción a las normas deontológicas y estatutarias.
Más concretamente, se pretende que el alumnado:
a) Conozca las funciones propias del abogado/a y del procurador/a y sepa diferenciarlas de las de otros profesionales del ámbito jurídico.
b) Conozca las condiciones exigibles para el ejercicio de estas profesiones jurídicas y sea capaz de tramitar la incorporación al correspondiente colegio profesional.
c) Conozca y sepa interpretar la legislación profesional básica que le afecta.
d) Conozca la organización profesional de la Abogacía y de la Procura, así como la estructura y funcionamiento del Colegio de Abogacía y del Colegio de Procuradores de su demarcación.
e) Conozca las distintas posibilidades de organizar el ejercicio profesional y sea capaz de escoger y tramitar la opción más idónea en cada caso.
f) Adquiera las nociones básicas sobre el funcionamiento y la organización de un despacho de abogados, tanto en la esfera administrativa como de recursos materiales y humanos.
g) Conozca y sepa organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en las distintas modalidades organizativas de las profesiones de abogado/a y de procurador/a.
h) Conozca el marco jurídico asociativo y desarrolle las habilidades y actitudes que faciliten el cumplimiento de las obligaciones profesionales.
i) Sepa desarrollar destrezas y habilidades que le permitan mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución en la que lo desarrolla, mediante el acceso a fuentes de información, la gestión del conocimiento y el manejo de técnicas y herramientas aplicadas.
j) Sepa desarrollar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares.
k) Aprenda a organizar eficazmente el tiempo y a controlar los señalamientos y plazos en la agenda profesional.
l) Aprenda a minutar correctamente y a saber cobrar por el trabajo realizado.
m) Conozca las distintas situaciones de cobertura y las distintas prestaciones de las opciones de previsión a las que pueden optar los profesionales de la Abogacía y de la Procura, y aprecie la necesidad de tener cubiertas las situaciones de jubilación, incapacidad, fallecimiento, enfermedad y asistencia médica.
n) Conozca la función social y solidaria de la Abogacía y de la Procura, en particular, en lo relativo a los servicios de orientación jurídica, turno de oficio y asistencia letrada al detenido/a.
o) Conozca los derechos y deberes deontológicos profesionales en las diversas relaciones de los profesionales de la Abogacía y de la Procura con clientes, partes, tribunales, otras autoridades y compañeros.
p) Sepa detectar situaciones deontológicamente relevantes.
q) Sea capaz de apreciar los beneficios que reportan, para la sociedad y para la Abogacía y la Procura, los principios éticos y deontológicos de la profesión de abogado/a y procurador/a.
r) Mantenga un estricto tono profesional en todas las actuaciones, utilice un lenguaje respetuoso en las actuaciones y una indumentaria adecuada.
s) Conozca el régimen disciplinario, los procedimientos, las infracciones y las sanciones a imponer por el incumplimiento de las obligaciones deontológicas.
t) Conozca y evalúe las distintas formas de responsabilidad vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, incluyendo la promoción de la responsabilidad social del abogado/a y del procurador/a.
u) Conozca y analice los supuestos más habituales en que el abogado/a y el procurador/a puede incurrir en responsabilidad civil y penal.
v) Distinga los supuestos de responsabilidad civil, penal y disciplinaria.
w) Aprecie la necesidad de tener cubierta la responsabilidad civil profesional bajo la modalidad de seguro más adecuada.
x) Conozca y cumpla las obligaciones del abogado/a y procurador/a ante las normativas de protección de datos y de prevención del blanqueo de capitales.
y) Conozca la situación actual del régimen de publicidad del abogado y las relaciones de la profesión con los medios de comunicación.
z) Sea capaz de poner el máximo celo en conducirse con profesionalidad y corrección en el ejercicio profesional, asumiendo que la formación debe ser una actividad continuada y permanente.
Parte I. EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE LA ABOGACÍA Y DE LA PROCURA.
1. Funciones del profesional de la Abogacía: a) Dirección y defensa de las partes en los procedimientos; b) Asesoramiento jurídico.
2. Funciones del profesional de la Procura: a) Función actual de la Procura y perspectivas de futuro; b) El campo de actividad profesional: Representación y colaboración; c) Preceptividad de la intervención profesional. El contrato de mandato. Formas de apoderamiento y poderes.
3. La normativa reguladora de la Abogacía y de la Procura, y su organización institucional.
4. Requisitos para el ejercicio profesional: a) Formación especializada; b) Prueba de evaluación; c) Colegiación (requisitos, tramitación, jura); d) El Ilustre Colegio de Abogacía y el Ilustre Colegio de Procuradores de Santiago de Compostela: Acceso, organización y servicios colegiales.
5. Ámbito territorial de ejercicio: El ejercicio de la Abogacía y de la Procura en España y en otros países.
6. Obligaciones previas al ejercicio: a) De carácter tributario; b) De carácter social; c) Otras obligaciones administrativas.
7. La necesaria formación continuada del profesional de la Abogacía y de la Procura.
8. El ejercicio de la Abogacía y de la Procura en Santiago de Compostela.
9. La Abogacía y la Procura joven: Perspectiva de la profesión, dificultades iniciales, la formación, los contactos profesionales, la captación de clientes, las agrupaciones de abogados/as y de procuradores/as jóvenes.
Parte II. MODALIDADES DE EJERCICIO PROFESIONAL Y ORGANIZACIÓN DEL DESPACHO.
1. Ejercicio individual: a) Por cuenta propia; b) Por cuenta ajena.
2. Ejercicio colectivo: Agrupación bajo cualquier forma lícita en derecho.
3. Multiprofesional: Colaboración otros profesionales liberales.
4. Incompatibilidades
5. La realización de prácticas profesionales.
6. Organización del despacho: a) Medios humanos; b) Medios materiales y aplicaciones informáticas; c) Medios intelectuales; d) Organización del tiempo.
Parte III. LA PREVISIÓN SOCIAL DE LOS PROFESIONALES DE LA ABOGACÍA Y DE LA PROCURA.
1. Los sistemas de previsión.
2. Coberturas y su alcance. Beneficiarios.
3. Distribución de las cuotas en los distintos sistemas.
4. Compatibilidades de los distintos sistemas.
5. Formas de cobertura sanitaria.
6. Prestación por desempleo para los autónomos: coste, prestaciones, capitalizaciones.
7. Especialidades fiscales.
Parte IV. HONORARIOS Y DERECHOS PROFESIONALES, COSTAS PROCESALES Y TASAS JUDICIALES.
1. Minutación del profesional de la Abogacía: a) Honorarios profesionales; b) Libertad en la fijación de los honorarios; c) Hoja de encargo y provisión de fondos; d) Factura e implicaciones fiscales; e) Formas de cobro.
2. El sistema de remuneración del profesional de la Procura: a) El Arancel de derechos, actuaciones no arancelarias; b) El presupuesto previo al cliente; c) La provisión de fondos y la cuenta profesional; d) La reclamación de provisión de fondos, derechos y suplidos.
3. Costas procesales: a) Concepto y regulación; b) Imposición; c) Cálculo de las costas. Tasación y exacción; d) Impugnación de los honorarios y de los derechos; e) Costas y justicia gratuita; f) Situación actual y perspectiva de su determinación para la abogacía.
4. Tasas Judiciales: a) Concepto y regulación; b) Elementos esenciales: ámbito de aplicación, hecho imponible, sujeto pasivo, devengo, base imponible, cuota tributaria.
5. Depósitos para recurrir: a) Concepto y regulación; b) Recursos y cuantías.
6. Consignaciones: supuestos.
Parte V. TURNO DE OFICIO, ASISTENCIA LETRADA AL DETENIDO Y SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA.
1. Funcionamiento de los servicios colegiales del turno de oficio, asistencia al detenido y servicio de orientación jurídica (SOJ).
2. Asistencia jurídica gratuita: requisitos, procedimiento, alcance (exenciones), revocación, renuncia, insostenibilidad y costas. La intervención del abogado en la tramitación del expediente.
3. Turno de oficio: tipos (generales y especiales), requisitos de acceso, organización y régimen de asistencia en el ICA y en el ICP de Santiago, derechos y obligaciones, infracciones y sanciones.
4. Asistencia letrada al detenido: organización y régimen de asistencia en el ICA de Santiago.
5. SOJ: funciones y organización en el ICA de Santiago.
6. La retribución de estos servicios colegiales.
Parte VI. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL DE LA ABOGACIA.
1. Normativa reguladora de la Abogacía y de la Procura y principios que inspiran las profesiones.
2. El Código Deontológico de la Abogacía Española: a) Su función y principios inspiradores; b) Derechos y deberes: Defensa. Secreto profesional y dispensa de su guarda. Libertad e independencia. Honorarios; c) Derechos y deberes en relación con el Colegio y con los demás colegiados, con los tribunales, con las partes y con otros profesionales; d) Acatamiento de normas y acuerdos respecto a los órganos corporativos, contribución al levantamiento de las cargas corporativas, deber de información y de denuncia; e) Relaciones con los compañeros: principios generales y ejercicio de acciones contra compañeros; f) Relaciones con clientes y parte adversa: encargo profesional, límites a la aceptación de la defensa, documentos y su devolución, el trato con la parte adversa, etc.; g) Relaciones con otros profesionales: obligaciones generales ante los órganos jurisdiccionales; h) Prohibiciones, incompatibilidades, restricciones especiales (especial consideración de la publicidad).
3. El Estatuto General de la Abogacía Española. Derechos y deberes deontológicos.
4. El Código deontológico de los abogados europeos.
5. Empleo de las tecnologías de la información y comunicación.
6. Ejercicio a través de sociedades profesionales.
Parte VII. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL DE LA PROCURA.
1. Normativa y marco jurídico. El Estatuto General y el Código Deontológico de los Procuradores de los Tribunales: a) Principios básicos de la deontología profesional de la Procura; b) Derechos y deberes del profesional de la Procura; c) Obligaciones legales y estatutarias; d) Deberes esenciales, específicos y específicos derivados de la aceptación del poder; e) Derechos de los profesionales de la Procura; f) Trascendencia deontológica de la actuación del profesional de la Procura: Principios en relación con la Administración de justicia, en la defensa de los intereses del cliente, en relación con las otras partes, con sus compañeros/as y demás operadores jurídicos, con el Colegio de Procuradores y sus órganos de gobierno; g) Régimen de incompatibilidades y conflicto de intereses.
Parte VIII. LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA, CIVIL Y PENAL DE LOS PROFESIONALES DE LA ABOGACÍA. SU ASEGURAMIENTO.
1. La responsabilidad disciplinaria: a) Infracciones y sanciones; b) Procedimiento; c) Recursos; d) Ejecución.
2. La responsabilidad civil: a) Doctrina del Tribunal Supremo; b) Contrato de prestación de servicios; c) Obligación de medios, como obligación de desplegar las actividades con la debida diligencia y acorde con la "lex artis"; d) Supuestos en los que se puede incurrir en responsabilidad civil; e) Consecuencias.
3. La responsabilidad penal de los abogados: a) Doctrina del Tribunal Supremo; b) Tipos penales relacionados con la actuación profesional del abogado: sujeto activo y sujeto pasivo del delito; c) Supuestos prácticos en los que se puede incurrir en responsabilidad penal.
4. El aseguramiento de la responsabilidad de los abogados: a) Obligatoriedad del aseguramiento; b) Prestaciones mínimas; c) Complementos y prestaciones voluntarias; d) Exclusiones; e) Tramitación del siniestro; f) Recomendaciones; g) Infracciones y sanciones.
Parte IX. LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA, CIVIL Y PENAL DE LOS PROFESIONALES DE LA PROCURA.
1. Intencionalidad o erro r ocasional. Subsanación de defectos en la Ley de Enjuiciamiento Civil; Negligencia y obligación de medios.
2. Identificación y análisis de los diferentes tipos de responsabilidad del profesional de la Procura por incumplimiento de sus obligaciones profesionales: disciplinaria, gubernativa, civil y penal.
3. Responsabilidad disciplinaria: a) Potestad disciplinaria; b) Infracciones y sanciones; c) Procedimiento; d) Recursos; e) Ejecución; f) Responsabilidad disciplinaria en el ámbito de la sustitución por Oficial habilitado, especial referencia a la práctica de los actos de comunicación; g) Responsabilidad disciplinaria en materia de justicia gratuita.
4. Tramitación del expediente disciplinario gubernativo por los tribunales.
5. Acción de responsabilidad civil contra el profesional de la Procura y órganos de gobierno de los Colegios de Procuradores. Suscripción de póliza de responsabilidad profesional: Límites y excepciones en la cobertura; tramitación de siniestro.
Parte X. PROTECCIÓN DE DATOS Y PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES
1. La protección de datos en la actividad de la Abogacía y de la Procura: a) Normativa reguladora; b) Sujetos; c) Definiciones y términos básicos; d) Derechos de las personas afectadas; e) Delegado de Protección de Datos; f) Diferencia entre Evaluación de Impacto y Análisis de Riesgo; g) Medidas de responsabilidad activa; h) Autoridades de Control: Agencia Española de Protección de Datos; i) Infracciones y sanciones: j) Secreto profesional y protección de datos, especial incidencia a la sustitución de profesionales de la Procura.
2. Obligaciones de los profesionales de la Abogacía y de la Procura en materia de normativa sobre prevención del blanqueo de capitales: a) Concepto, ámbito de aplicación y secreto profesional; b) Medidas de diligencia debida; c) Obligaciones de información; d) Régimen sancionador.
Finalmente, dentro de las disponibilidades académicas y presupuestarias, formará parte de los contenidos de esta materia la participación del alumnado en actividades que posibiliten un contacto directo con instituciones y profesionales cuyas funciones presentan una incidencia inmediata en el ejercicio profesional de la Abogacía y la Procura, como son los Colegios de Abogados y de Procuradores de Santiago, el Consello Galego da Avogacía, el Consejo General de la Abogacía España, el Consejo General de Procuradores de España o las Mutualidades de la Abogacía y de la Procura. Se trata con ello de potenciar un conocimiento más directo y real de los ámbitos en los que los profesionales de la Abogacía y la Procura han de desarrollar su ejercicio profesional.
NORMATIVA:
El alumnado debe asistir a las clases con un ejemplar (última edición actualizada) de:
- Constitución española de 1978.
- Código Civil.
- Código Penal.
- Ley Orgánica del Poder Judicial.
- Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Ley de Enjuiciamiento Criminal.
- Ley General de la Seguridad Social.
- Ley y reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.
- Decreto 269/2008, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Galicia.
- Ley 11/2007, de 27 de julio, de Galicia, para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.
- Código Deontológico de la Abogacía Española.
- Código Deontológico de la Abogacía Europea.
- Código Deontológico de los Procuradores de los Tribunales.
- Estatuto General de la Abogacía Española.
- Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.
- Estatutos del Colegio da Abogacía de Santiago de Compostela.
- Estatutos del Colegio de Procuradores de Santiago de Compostela.
- Reglamento disciplinario de la Abogacía Española.
- Decreto 130/1992, de 3 de junio, de creación del Consejo de la Abogacía Gallega.
- Reglamento del turno de oficio del ICA de Santiago de Compostela.
- Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.
- Ley sobre acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura.
- Ley y Reglamento de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
- Ley y Reglamento de prevención del blanqueo de capitales.
DOCTRINA:
ASO ROCA/FERNÁNDEZ LÓPEZ, El procurador de los tribunales como eficaz colaborador de la administración de justicia, Ed. Juruá, 2022.
AA.VV, La organización profesional básica del abogado, Mutualidad de la Abogacía, Cátedra Mutualidad, Madrid (última edición).
AA.VV., Responsabilidad disciplinaria de jueces, abogados y procuradores, Ed. Sepín (última edición).
APARISI MIRALLES A., Deontología profesional del abogado, ed. Tirant lo Blanch, Valencia (última edición).
BORGIA SORROSAL S., Entorno organizativo del despacho, ed. Dykinson (última edición).
CASTRO ROMERO/PÉREZ GOLPE, Protección de datos. Abogados y Procuradores. Paso a paso, Ed. Colex (última edición).
ESCRIBANO MOLINA, A., Deontología de la Abogacía, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2021.
FENÁNDEZ LEÓN y otros, La organización profesional básica del abogado, Ed. Cátedra Fundación Mutualidad Abogacía, en https://www.mutualidadabogacia.com/wp-content/uploads/2017/09/libro-cat…
GARRIDO SUAREZ, H.M, Deontología del abogado: el profesional y su confiabilidad, Ed. Edisofer (última edición).
JIMÉNEZ SEGADO, C., La responsabilidad penal en el ejercicio de la abogacía, Ed. Dykinson, 2022.
MEMENTO EXPERTO la responsabilidad civil del abogado, Ed. Lefebvre (última edición).
PELÁEZ MARTOS, M.ª., Manual práctico para la prevención del blanqueo de capitales, Ed. Wolters Kluwer, 3ª edición, 2019.
PÉREZ PEREIRA, M., Marco Jurídico Colegial, ed. Dykinson (última edición).
VILA RAMOS, B., Deontología profesional, ed. Dykinson (última edición).
En las clases se irá anunciando, con suficiente antelación, la bibliografía (doctrina, jurisprudencia y textos legales) que resulte precisa en cada momento para un mayor aprovechamiento de las enseñanzas.
BASES DE DATOS: Los estudiantes pueden acceder a jurisprudencia y a otros recursos a través de las bases de datos más habituales, por medio del servicio de biblioteca de la USC y del ICA Santiago. Entre ellas, son de uso frecuente Westlaw-Aranzadi, Tirant online, La Ley Digital, etc.
Conocimientos:
Con08: Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones de la persona ejerciente de la Abogacía o la Procura con clientes, otras partes, tribunales o autoridades públicas, y entre otras personas ejercientes de la Abogacía o la Procura, así como con los demás profesionales.
Con10: Conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y de los servicios colegiales de turno de oficio, asistencia letrada y orientación jurídica; y la promoción de la responsabilidad social de la persona ejerciente de la Abogacía o la Procura.
Con11: Conocer y aplicar las técnicas dirigidas a la identificación y liquidación de honorarios, derechos arancelarios, obligaciones tributarias, de constitución de depósitos judiciales y de atención de cuantos gastos y costas sean necesarios para garantizar la efectiva tutela judicial de los derechos de sus representados o defendidos.
Con12: Conocer las funciones propias de la Abogacía y de la Procura; y saber aplicar en la práctica el entorno organizativo, de gestión y comercial de la Abogacía y la Procura, así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal, y el régimen de previsión social.
Con13: Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas del ejercicio profesional.
Habilidades o destrezas:
H/D01: Poseer motivación por la calidad y la excelencia profesional, mostrar predisposición hacia una cultura emprendedora, evidenciar capacidad de iniciativa, liderazgo, adaptación a nuevas situaciones y espíritu de superación, y valorar el despacho desde una óptica empresarial.
H/D02: Desarrollar un compromiso ético y deontológico en el ejercicio profesional cotidiano, detectando las situaciones deontológicamente relevantes, y apreciando los beneficios que reportan a la sociedad, a la Abogacía y a la Procura los principios éticos y deontológicos de estas profesiones.
H/D10: Saber mantener un estricto tono profesional; y desarrollar habilidades y destrezas interpersonales, que faciliten el ejercicio profesional en sus relaciones con la ciudadanía, con otros profesionales y con las instituciones.
Competencias:
Comp01: Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución; establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.
Comp03: Conocer y saber aplicar en la práctica el entorno organizativo, de gestión y comercial de la Abogacía y la Procura; así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal.
Comp09: Enfrentarse a problemas deontológicos profesionales.
Comp13: En general, desarrollar las competencias y habilidades necesarias para el ejercicio de la Abogacía y, en su caso, de la Procura.
Para conseguir que el alumnado del Máster adquiera los conocimientos, competencias y habilidades/destrezas exigidas y los objetivos propuestos, la metodología y la programación se basarán en una formación activa y participativa, y en la asimilación progresiva de experiencias (“aprender haciendo”) y razonamientos jurídicos.
De esta manera, partiendo del bagaje teórico que los/as licenciados/as y graduados/as en Derecho han adquirido en la Facultad, se persigue que el profesorado se centre en las cuestiones prácticas más relevantes relacionadas con los contenidos de la materia que plantea el ejercicio profesional de la Abogacía y de la Procura, tratando que el alumnado adquiera las habilidades y las reglas esenciales del usus fori.
La metodología docente se centrará en potenciar todas las capacidades del alumnado, principalmente las competencias, habilidades, técnicas y actitudes necesarias para el ejercicio profesional de la Abogacía y de la Procura. Se busca conseguir un cambio de mentalidad importante en el alumnado, pasando de ser simple espectador pasivo para convertirse en protagonista activo de su propia formación. Igualmente, se pretende ofrecer un trato lo más personalizado posible, para conseguir una formación de calidad.
Se trata de ayudar al alumnado a que "aprendan a aprender" las claves para resolver cualquier problema que se les presente relacionado con los contenidos de la materia, cuyo contenido básico se da por supuesto, dada su condición de licenciados/graduados en Derecho.
Se seguirá con preferencia el método del caso (“estudios de casos”), como medio para que el alumnado alcance los objetivos previstos. Se trabajará con casos, extraídos o inspirados, de/en la realidad, con sus diferentes variables y con el tratamiento de la jurisprudencia y doctrina. Cuando la materia lo precise, se combinarán otros métodos, como presentación en aula de ejercicios, seminarios, debates sobre resolución de problemáticas. Además de las simulaciones, se emplearán otras técnicas con las que el alumnado lleve a cabo las mismas actividades que después deberá realizar como profesional de la Abogacía o de la Procura, siempre bajo un prisma eminentemente práctico y deontológico.
También se asesora al alumnado sobre las técnicas que ha de emplear cuando ejerza la profesión, tanto en el ámbito judicial como extrajudicial, sin olvidar el enfoque global de la profesión. Se prestará especial atención a los aspectos de más interés profesional, atendida la frecuencia con la que se presentan en la vida profesional diaria.
Por tanto, el análisis y la resolución de los asuntos/casos por parte del alumnado, la elaboración de escritos profesionales, procesales y extrajudiciales, la preparación de informes/dictámenes, las simulaciones de actuaciones profesionales y procesales tanto escritas como orales, el trabajo tutelado serán los sistemas habituales de trabajo.
Esto significa que el alumnado debe responsabilizarse de preparar adecuadamente los contenidos concretos que serán objeto de análisis en las clases (“estudio y trabajo previo”), así como de resolver de manera autónoma los casos y actividades que el profesorado les formule.
De este modo, las actividades formativas que se realizarán en el aula con presencia del profesorado consistirán en:
I. Docencia expositiva (clase magistral combinada con actividades de contenido práctico):
Se utilizará para actividades presenciales que no requieren una participación activa y constante de los estudiantes.
Podrán tener diferentes formatos (exposiciones orales, intercambio de opiniones, debates, búsqueda de información por el alumnado, exposiciones del alumnado) y contarán con apoyo de medios audiovisuales e informáticos, al tiempo que se procurará la mayor implicación del alumnado.
Habitualmente, se realizará una breve introducción a las cuestiones más relevantes que, desde la óptica de la práctica, presenta cada tema. Se expondrán los supuestos prácticos a resolver, los temas o cuestiones a exponer/debatir y los trabajos/tareas a realizar.
Se incluyen aquí también la realización de diferentes pruebas aleatorias como preguntas test, resolución de problemas/casos.
No obstante, el recurso a la docencia expositiva no será el más empleado en la materia, dado el carácter eminentemente práctico y profesionalizante de la misma, y las competencias, conocimientos y habilidades/destrezas que debe adquirir el alumnado, dirigidas al ejercicio profesional de la Abogacía y de la Procura.
II. Docencia interactiva.
Será el recurso más habitual y consistirá en la organización de actividades presenciales que buscan o requieren una participación activa y constante de los estudiantes, a partir de un estudio previo.
Se realizarán actividades tipo: seminarios; estudio, discusión y resolución de casos prácticos; resolución de problemas; exposición de trabajos; búsqueda de información (normativa, jurisprudencia y doctrina) relevante; prácticas en aula informatizada. También las simulaciones de actuaciones profesionales, escritas y orales... serán recursos formativos que se emplearán con habitualidad.
Se incluyen también actividades consistentes en visitas de trabajo a órganos, instituciones y oficinas públicas de interés para el ejercicio profesional, y de evaluación del tipo: en aula de informática mediante sistemas de docencia virtual, exposición de trabajos y memorias.
Tanto en las clases expositivas como interactivas se utilizará el método del caso, que consiste en la descripción de una situación concreta con finalidades pedagógicas para aprender a razonar y a aplicar los conocimientos teóricos. El caso se propone a un grupo-clase para que individual y/o colectivamente lo sometan al análisis y a la toma de decisiones. Al utilizar el método del caso se pretende que el alumnado estudie la situación, defina los problemas, llegue a sus propias conclusiones sobre las acciones que habría que emprender, contraste ideas, las defienda y las reelabore con nuevas aportaciones.
III. Tutorías.
Están especialmente indicadas para el desarrollo de actividades presenciales de orientación, dinamización y seguimiento del trabajo de los estudiantes: orientación y tutela para la realización de trabajos, preparación de exposiciones, búsqueda y selección de material bibliográfico, revisión de prácticas o problemas.
En aula, grupos reducidos o personalizadas, estarán destinadas al alumnado que las precise y en los temas que revistan una especial dificultad. En ellas, se atenderá al alumnado para discutir cuestiones concretas en relación con sus tareas o para tratar de resolver cualquier dificultad relacionada con los contenidos y actividades de la materia.
Los horarios de tutorías serán fijados por cada docente y dados a conocer con suficiente antelación al alumnado. En todo caso, a la finalización de cada clase el alumnado podrá acordar con el docente el momento más idóneo para recibir el apoyo necesario.
En definitiva, la actividad que habrá de desarrollar el alumnado consistirá en:
- Llegar al conocimiento teórico y práctico de los conceptos y de las instituciones básicas de la materia.
- Búsqueda de materiales: legislación, jurisprudencia, doctrina, consultas, etc.
- Asistencia a juicios y a otras actividades programadas por el profesorado.
- Resolución de supuestos prácticos, elaboración de escritos profesionales y demás actividades de índole similar, tanto de manera individual como en grupo.
- Aplicación de las normas y de la jurisprudencia a casos concretos.
- Elaborar trabajos, individualmente o en grupo, sobre contenidos de la materia.
- Preparar y tomar parte en los debates organizados en el aula y en las simulaciones de actuaciones profesionales que se programen.
- Participar periódic amente en los programas de tutorías.
La actividad presencial se complementará con soporte virtual ofrecido a través de la plataforma USC VIRTUAL y de la plataforma informática de la Escuela de Práctica Jurídica, por medio de las que se suministrarán los materiales referidos a los contenidos y a los supuestos prácticos de las diferentes partes que configuran la materia; se ofrecerán enlaces a las fuentes básicas de conocimiento; se recogerán los trabajos realizados por el alumnado; se realizarán pruebas de autoevaluación; se habilitarán métodos de contacto para tutorías virtuales y se remitirán las calificaciones al alumnado.
Para garantizar el aprovechamiento por parte del alumnado y constatar su progreso en la consecución de los objetivos propios de la materia, se establecen diferentes sistemas de evaluación, entre los que figuran controles de asistencia y pruebas, parciales y finales, de carácter eminentemente práctico, que revelen su adecuado grado de formación y aprendizaje.
Por tanto, se valorará el rendimiento y los aprendizajes adquiridos a través de una combinación equilibrada y variada de actividades de evaluación formativa.
La evaluación formativa debe valorar el esfuerzo y el progreso en el aprendizaje, así como la adquisición de los conocimientos, competencias y habilidades/destrezas propias de la materia, e incentivar una dedicación constante a la asimilación y comprensión de los contenidos propios de la materia.
Como regla general, para evaluar el rendimiento del alumnado se utilizará el sistema de evaluación continua, por ser el que mejor contribuye a estimular al alumnado a seguir el proceso e involucrarse en su propia formación.
De manera particular, se tendrán especialmente en cuenta los siguientes sistemas de evaluación:
A) Evaluación continua
Serán objeto de valoración:
- Asistencia presencial y diaria a las clases, que se controlará a través de diferentes medios; exigiéndose un mínimo de un 90% de asistencia real para poder ser valorado por el sistema de evaluación continua.
- Participación activa en las clases (realización de preguntas, exposiciones orales, debates), a través de las diferentes actividades programadas por el profesorado.
- Elaboración de trabajos individuales o en grupo, como redacción de escritos profesionales y forenses, dictámenes, estudio de casos y resolución de problemáticas, búsqueda de información relevante.
- Pruebas de preguntas objetivas (test), de preguntas de desarrollo y de preguntas tipo caso práctico (con enunciado).
- Simulaciones de actuaciones, tanto desde la perspectiva de su tramitación escrita como oral.
A través de las actividades, tareas y pruebas anteriores se obtendrá el 100 % de la nota final, constituyendo:
- La asistencia constante y puntual a las clases: el 5% de la nota final.
- La participación activa en las clases y en las tareas/trabajos encomendados: el 5% de la nota final.
- Las pruebas parciales teórico-prácticas de conocimientos y habilidades: el 25% de la nota final.
- Los trabajos escritos y exposiciones orales encomendados: el 25% de la nota final.
- La prueba final teórico-práctica de conocimientos y habilidades: 40%.
Para superar el sistema de evaluación continua y alcanzar la calificación de aprobado, es necesario, después de acreditar el porcentaje de asistencia a las clases indicado anteriormente, evidenciar un conocimiento general y equilibrado de toda la materia. No será posible superar una materia si el/la alumno/a demuestra que desconoce partes esenciales del programa. Al alumnado que siga el sistema de evaluación continua, la coordinación del Máster le comunicará con suficiente antelación su calificación, para que, caso de no aprobar por medio de este sistema, puedan presentarse al examen final.
Para los casos de realización fraudulenta de ejercicios o de pruebas será de aplicación lo recogido en la Normativa de evaluación del rendimiento académico de los estudiantes y de revisión de las calificaciones.
A efectos de la Normativa de Permanencia en las Titulaciones de Máster, todas las actividades realizadas, tanto durante como fuera de las clases, así como la asistencia a las clases, serán valoradas. Por tanto, para que el/la alumno/a figure como “no presentado" en la correspondiente convocatoria será necesario que no asista a ninguna clase, no realice ninguna actividad, ni se presente al examen.
B) Examen final
Para el alumnado que no supere la materia a través del Sistema de evaluación continua podrán, se establecerá una prueba final.
La finalidad de esta prueba es comprobar que el alumnado adquirió los conocimientos, competencias y habilidades/destrezas propias de la materia y que es capaz de aplicarlas a situaciones de índole profesional.
Para acceder a dicha prueba final es necesario acreditar una asistencia real a las clases superior al 60% de las sesiones impartidas. Un porcentaje inferior de asistencia conlleva la imposibilidad de poder presentarse al examen final y, consecuentemente, de superar la asignatura.
La prueba final se efectuará en las fechas aprobadas por la comisión académica del Máster, y constará de diferentes ejercicios y actividades que evidencien un conocimiento equilibrado de la materia, tanto desde una perspectiva teórico-práctica como exclusivamente práctica.
A este respecto, podrá contener: Preguntas objetivas (test), preguntas de desarrollo, preguntas tipo caso práctico (con enunciado); simulaciones de actuaciones extraprocesales y de procesos correspondientes a los diferentes órdenes jurisdiccionales, tanto desde la perspectiva de los trámites escritos como orales; redacción de escritos profesionales y procesales, y de informes jurídicos; estudio de casos y resolución de problemáticas; búsqueda de información relevante.
El alumnado que acredite imposibilidad sobrevenida de asistir a las clases podrá solicitar la dispensa de asistencia. En tal caso, corresponderá a la comisión académica del máster decidir acerca de dicha solicitud. Para ello, la comisión deberá valorar especialmente, entre otros aspectos, si los conocimientos, habilidades y actitudes que el alumnado debe adquirir con la materia exigen necesariamente la asistencia presencial, a la vista de su contenido eminentemente práctico, la metodología empleada, las actividades a realizar. Como regla general, todas las materias del máster presentan un elevado componente práctico, que exige la presencia del alumnado para adquirir las competencias exigidas y los objetivos propuestos.
En el caso de ser concedida la dispensa de asistencia a las clases, el profesorado de la materia deberá encomendar al alumnado la realización de las tareas alternativas que considere necesarias para garantizar el aprendizaje, en condiciones semejantes a lo exigido al resto de los compañeros/as, entre las que se podrá incluir también la realización de un examen.
C) Revisión de exámenes
En cumplimiento de la normativa de la USC, la coordinación del Máster publicará, en el tablón de anuncios de la Escuela de Práctica Jurídica, la lista con la calificación final de cada alumno/a en los diez días siguientes a la realización del examen final, con indicación de la fecha y horario en la que el alumnado podrá ejercitar su derecho de revisión para percibir su nivel de conocimientos y de carencias. En todo caso, esta revisión tendrá siempre lugar dentro de los diez días siguientes a la publicación de las calificaciones.
La publicación de calificaciones podrá sustituirse por el envío de las mismas de manera telemática al correo electrónico de cada alumno/a.
Finalizada la revisión, serán publicadas las notas definitivas en el mismo tablón de la Escuela.
La materia "Iniciación al Ejercicio profesional, Deontología y Régimen de responsabilidad de la Abogacía y de la Procura" tiene un total de cinco créditos.
El tiempo de estudio y de trabajo individual que debe dedicar un estudiante para superar la materia depende, lógicamente, de las capacidades intelectuales particulares de cada alumno/a. No obstante, se calcula, como media, que el tiempo de distribución del trabajo del alumno/a, entre horas presenciales y no presenciales, será el siguiente:
Horas presenciales: 40
Horas no presenciales: 85
Volumen de trabajo mínimo (en horas): 125
La preparación idónea de la materia aconseja que el alumnado asista a todas las clases presenciales con el material legislativo y jurisprudencial correspondiente a los contenidos que se van a impartir, previamente leído, y con los trabajos encomendados previamente, realizados en su totalidad.
El alumnado no debe encontrar excesivo problema en superar satisfactoriamente la asignatura si, junto con lo dicho anteriormente, desde el primer día de clase trata de introducirse y comprender los principales contenidos de la materia y la terminología técnica y profesional empleada.
También es necesario ser capaz de dedicar cada día un tiempo razonable al estudio y preparación de la materia, y a la elaboración de los casos y tareas encomendadas; además de adquirir el hábito de preguntar en las clases y tutorías todas sus dudas.
Manuel Merelles Perez
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Lunes | |||
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Martes | |||
16:00-18:00 | Grupo /CLE_01 | Castellano | Aula Práctica Xurídica 1 |
18:30-20:30 | Grupo /CLE_01 | Castellano | Aula Práctica Xurídica 1 |
Miércoles | |||
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Jueves | |||
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Viernes | |||
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