Sin este registro solamente se puede acceder de manera esporádica a algunas instalaciones mediante el pago de una entrada
Tarjeta Universitaria de Identidad (TUI)
El sistema de control de acceso a las instalaciones deportivas de la USC se realiza mediante la presentación de la TUI.
- La comunidad universitaria de la USC utilizará su TUI virtual o física.
- Las personas externas a la USC que no dispongan de TUI física propia deberán utilizar el código QR de su cuenta de usuario
Reglamento
- Todas las personas usuarias inscritas en el Área Deportiva de la USC que accedan a las instalaciones deportivas de la USC deberán disponer de una TUI propia y la presentarán siempre en cada acceso.
- El personal del Área Deportiva de la USC puede requerir, en caso de duda, la presentación de otro documento de identificación (DNI, NIE, Pasaporte o Carné de Conducir).
- El uso de la TUI es personal e intransferible. La cesión a otra persona y el uso de una tarjeta ajena implicará la baja de la/s persona/s usuaria/s en el Área Deportiva de la USC sin derecho a ninguna devolución, además de otras responsabilidades en las que se pueda incurrir por su uso fraudulento.
Categorías
Categoría A
- Comunidad universitaria de la USC(1), según el Título I de los Estatutos
- Pareja e hijas/os de personal de la USC(2)
- Personal jubilado de la USC
Categoría B
- Ex-alumnado de la USC, con un mínimo de 3 años cursados y por un máximo de 4 cursos deportivos consecutivos desde la adquisición de la categoría
- Viudas/os y huérfanas/os(2) de personal de la USC
- Otros convenios vinculantes
- Responsabilidad social:
- Diversidad funcional
- Violencia de género
- Situación legal de desempleo
- Menores de 18 años
Categoría C
- General
Una vez inscrita, a la persona usuaria se le asignará, automáticamente cada curso deportivo, una categoría a efectos de tarifas y de derechos de acceso a la prestación de los distintos servicios de la oferta deportiva, en función de la situación que acredite en ese momento; si considera que pertenece a un colectivo incluido en otra categoría podrá modificarla aportando, de ser necesario, la documentación justificativa. Más información en este enlace.
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(1) Se incluyen en esta categoría los convenios o acuerdos vigentes que establezcan una equiparación a la comunidad universitaria.
(2) Categoría A: solamente las/os hijas/os a cargo menores de 25 años y a partir de los 25 años bajo tutela familiar podrán acogerse al convenio o acuerdo en vigor. En el caso de los menores de edad se incluyen también las situaciones de acogimiento familiar permanente o preadoptivo.
Categoría B: podrán acogerse las/os huérfanas/os de 18 a 24 años y a partir de los 25 años bajo tutela familiar.
El registro de menores de edad o de otras personas con tutela legal lo realizará solo uno de los progenitores o de los tutores legales, que primero tendrá que registrarse como persona usuaria (ver el procedimiento descrito más arriba). Una vez iniciada sesión en su cuenta, desde el apartado Usuarios/as tutelados, al final de la página, y a través del botón + Nuevo, seguirá las indicaciones que aparecerán en las sucesivas páginas hasta completar el registro.
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Nota: una vez hecho el registro de menores o tutelados la solicitud de cualquiera de los servicios deportivos para ellos se realizará desde la cuenta de usuario del/a padre/madre o tutor/a que lo ha asociado en su cuenta, seleccionado el servicio deseado y, en la siguiente página, desplegando en el campo Usuario/a el listado de usuarios incluidos en esa cuenta, lo que le permitirá escoger el nombre de la persona para la que se solicita ese servicio.
- Facilitar los datos personales en atención al público (de 9 a 14 h).
- Firmar el impreso que se le entregará. En el caso de menores de edad y otras personas tuteladas firmará el/la padre/madre o tutor/a legal.
Documentos a presentar en las oficinas del Área Deportiva de la USC
Documento de identificación: DNI, NIE, Pasaporte, Carné de Conducir o Libro de Familia.