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Prácticas externas

El Consejo Social es un de los órganos gestores de las Prácticas académicas externas extracurriculares ofertadas por la USC.

Son extracurriculares las prácticas que se realizan con carácter voluntario durante el periodo de formación del alumnado de grao y máster. Estas prácticas no forman parte de su plan de estudios, no obstante deberán figurar en el Expediente Académico y en el Suplemento Europeo al Título, siempre que se realizaran antes de la finalización de los estudios.

Estas prácticas podrán realizarse en: empresas, instituciones y entidades públicas o privadas con sede en el territorio nacional así como en la propia Universidad.

Esquema sobre las Prácticas

Convocatoria

En la actualidad se están realizando dos convocatorias, una en el mes de febrero y otra en el mes de septiembre.

Las convocatorias se publicarán en el tablón electrónico de la sede electrónica de la Universidad y en esta páxina web.  

La misma publicidad se le dará a las listas provisionales y definitivas de adjudicatarios.

El texto de cada convocatoria incluirá la relación de ofertas de las entidades colaboradoras así como las instruciones para participar en la selección y adjudicación de las prácticas.

Además, existe un procedimiento de adjudicación directa en la que el alumnado puede propiciar la celebración de nuevos convenios de cooperación educativa con una determinada entidad.

En este supuesto el estudiantado que propició el convenio tendrá derecho preferente y por una sola vez a desenvolver las prácticas en la entidad firmante.

 

Premio al/a la estudiante mejor valorado/a en las Prácticas

El Consello Social premiará al/a la estudiante mejor valorado/a, por parte del tutor/a externo/a, en la realización de las prácticas en cualquiera de las modalidades recogidas en la convocatoria, de acuerdo con las bases establecidas en el punto 14 de la convocatoria.

El premio consistirá en la entrega de un diploma por parte de la presidenta del Consejo Social y una dotación económica de mil quinientos euros (1.500€)

Normativa de aplicación

Estas prácticas se regularan por el Reglamento de prácticas externas de la USC del año 2015, y el Real decreto 592/2014, de 11 de julio, y por las propias convocatorias y demás disposcioens generales de aplicación.

Estudiantes:

Requisitos académicos:

  • Estar matriculado en un grao o máster de la USC.
  • Tener superados como mínimo 90 ECTS, excepto situaciones académicas debidamente justificadas que permitan su realización con un número menor de créditos.
  • No se podran iniciar prácticas imputables al expediente una vez superado el TFG o TFM, excepto en el caso de que, de acuedo con la normativa aplicable, fuera seleccionado para realizarlas con anterioridad a la superación del Trabajo.
  • No tener realizado el número máximo de créditos en prácticas externas extracurriculares.
  • No tener relación contractual con la entidade durante la realización de las prácticas.

La selección de los/las candidatos/as se realizará teniendo en cuenta la media de su expediente académico, excepto el alumnado de adjudicación preferente.

El alumnado seleccionado eligirá, de acuedo con el tutor de la entidad las fechas y el horario de la práctica, teniendo en cuenta que la realización efectiva de está tendrá como límite el 30 de septiembre del curso siguiente a aquel en el que se matriculó. La duración de cada práctica en ningún caso puede ser superior a 6 meses.

Todo el alumnado seleccionado en la convocatoria pública de prácticas deberá matricularse en el plazo fijado en la convocatoria, en caso contrario perderá el derecho a su realización.

Asimismo, quien opte por la adjudicación preferente deberá matricularse, en todo caso, antes del inicio de la actividad, si no perderá el derecho a la realización de la práctica.

El estudiantado tiene un plazo máximo de 15 días desde la finalización de las prácticas para entregarle al tutor o a la tutora académico/a la memoria final de acuerdo con las carácterísticas indicadas en el punto número 7 del PDF informativo.

La solicitud podrán realizala pinchando en el siguiente enlace:

Empresas e instituciones:

Las entidades interesadas en el  programa de Prácticas académicas externas extracurriculares deberán formalizar un convenio de colaboración con la USC aportando al Consejo Social la proposta de convenio.

El convenio no tiene carácter vinculante, por lo que no supondrá la adquisición de compromisos de caracter contractual o laboral. La función de este documento es la de habilitar a las entidades firmantes para acoger alumnado en prácticas.

Una vez firmado el convenio, las entidades que lo deseen podrán participar en las convocatorias que sean de su interés, para ello deberán entregar la/las oferta/as según el modelo establecido. Cada oferta tendrá validez para una única convocatoria.

Las entidades participantes designarán a un tutor o tutora que se encargará de la tutela del estudantantado durante el período de la práctica.

Centros, departamentos y grupos de investigación de la USC:

Los centros, departamentos o grupos de investigación de la USC que quieran participar acogiendo alumnado en prácticas tendrán que aportar al Consejo Social el formulario de declaración de intenciones para poder ser habilitados por resolución rectoral.

Tutela de las prácticas

El estudiantado contará con un tutor ou tutora de la entidad colaboradora y con un tutor o tutora de la Universidad. En ningún caso podrán coincidir en la misma persona las dos figuras.
 
Tutor o tutora de la entidad colaboradora

El tutor o tutora designado/a por la entidade colaboradora deberá ser una persona vinculada a esta con la experiencia profesional y los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva.

Sus derechos y obligaciones se recogen el el art. 23 del Reglamento de prácticas académicas externas de la USC del año 2015.

En un plazo máximo de 15 días desde la finalización de la práctica, el tutor o tutora externo le eviará al tutor o tutora académico y al Consejo Social un informe de finalización, con el contenido mínimo contemplado en el siguiente modelo:

Tutor o tutora de la USC

Será preferentemente el profesorado de la titulación con conocimientos afines a la práctica que se vaya a realizar. Si ello no fuera posible, podrá ser un profesor o profesora de la universidad que imparta docencia en la misma área de conocimiento del título cursado.

Los derechos y las obligaciones de esta figura se recogen en el art. 24 del Reglamento de prácticas académicas externas de la USC del año 2015.

Los contenidos de esta página se actualizaron el 19.03.2024.