De conformidad con los Estatutos de la Universidad, el alumnado podrá solicitar, al principio de curso, en las fechas establecidas por cada centro o, posteriormente de concurrir causas imprevisibles y sobrevenidas, la dispensa de asistencia a clase, mediante solicitud motivada y acreditada, formulada al Decano/a o Director/a según lo dispuesto en esta instrucción.
El alumnado, según el artículo 33 g) de los Estatutos de la Universidad, "ten dereito a unha atención e deseño das actividades académicas que faciliten a conciliación dos estudos coa vida persoal, familiar e laboral". Pero, asimismo el artículo 130.2, también establece que "ten o deber da asistencia e participación naquelas actividades formativas que se establezan como obligatorias na programación docente".