Actualmente, están reglamentados complementos de labor docente (quinquenios) y de actividad investigadora (sexenios) y los complementos autonómicos de reconocimiento a la labor docente, a la labor investigadora, a la excelencia curricular, docente e investigadora, y a los cargos de gestión.
Según la LOU, las administraciones podrán establecer retribuciones adicionales ligadas a méritos por el ejercicio de funciones docentes, investigadoras, de desarrollo tecnológico y gestión.