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Dispensa de asistencia

En aplicación de la Instrucción nº 1/2017, de la Secretaría General, sobre la dispensa de la asistencia a clase en determinadas circunstancias, se abre un plazo al inicio de cada semestre del curso académico para formalizar su solicitud.

El alumnado puede solicitar en los plazos establecidos o, posteriormente, de concurrir causas imprevisibles y sobrevenidas, la dispensa de asistencia a clase, mediante una solicitud motivada y acreditada.

Las causas para la solicitud de la dispensa a las clases son:

  1. La enfermedad grave o los tratamientos médicos inaplazables que impidan la presencia del alumno en el centro.
  2. El cuidado de dependientes a cargo hasta el segundo grado de  consaguinidad o afinidad, debidamente acreditada.
  3. La prestación de servicios por cuenta ajena o por cuenta propia acreditada (con el alta en el Régimen General o en el de Autónomos de la Seguridad Social, copia de recibo de pago de la última cotización), siempre  que no se pueda acoger al régimen de matrícula a tiempo parcial.
  4. La persona que presentó una denuncia por acoso, o por otros comportamientos semejantes, siempre que ella considere adecuada para su salud la dispensa de asistencia a clase.
Los contenidos de esta página se actualizaron el 31.07.2024.